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Aviso por subcontratación de personal en la Ciudad de México

Área de Asesoría Fiscal GM

Grupo Méndez, Asesores de Negocios, S.C.

26 de Enero de 2021

Se adiciona el artículo 156-BIS ubicado en el Capítulo Impuesto Sobre Nómina del Código Fiscal de la CDMX con la obligación de presentar los contratos de subcontratación.

El 21 de diciembre de 2020 de publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Ciudad de México. Las cuales entraron en vigor a partir del 1° de enero de 2021. En esta reforma se adiciona el artículo 156-BIS ubicado en el Capítulo Impuesto Sobre Nómina en el cual se establece que las personas físicas y morales con domicilio en Ciudad de México (CDMX) que realicen subcontratación de personal tendrán que presentar un aviso a la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México. 

En el artículo 156-BIS se indica que las personas físicas y morales se encuentran obligadas a presentar el aviso cuando: 

“…contraten o subcontraten, independientemente de la forma en que se denominen los servicios proporcionados por un contratista en términos de la normatividad aplicable, aun cuando la erogación por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado se realice por conducto de otra persona”.

Es por eso, que el aviso se tendrá que presentar dentro de los 10 días siguientes a que se celebren o se realicen modificaciones a los contratos correspondientes. 

En caso de contar con contratos vigentes al 1 de enero de 2021, los contribuyentes deberán presentar este aviso dentro de los primeros 30 días del presente año. Dicho aviso se presentará través de la aplicación del Sistema de Administración de Contribuciones (SAC) en el siguiente enlace: https://innovacion.finanzas.cdmx.gob.mx/siscon/. 

Cabe destacar que por el momento dicha aplicación no se encuentra en funcionamiento, por lo que se ha brindado como alternativa para los sujetos obligados a presentar el aviso a la siguiente cuenta de correo electrónico: sac_nomina@finanzas.cdmx.gob.mx, mismo que se estará utilizando hasta en tanto no se libere la aplicación. Una vez disponible se deberá ingresar el registro por la plataforma para obtener el acuse respectivo. 

El formato que deberá presentar el contribuyente se podrá obtener en el siguiente enlace: https://www.amda.mx/wp-content/uploads/2021/01/anexo%202%20circular%2010%20de%202021.pdf 

Es importante mencionar que la Secretaría podrá requerir a las personas físicas o morales la presentación del aviso antes citado, a fin de que cumplan con lo solicitado en un plazo de 10 días, y en caso de no presentar el aviso o hacerlo fuera del plazo establecido se aplicará una multa que asciende entre los $3,713.00 a $9,413.00. 

Fuente: Gaceta Oficial de la Ciudad de México 

El presente Boletín contiene comentarios de carácter general sobre distintas normas contables, fiscales, legales o financieras, y su contenido es de carácter informativo, en ningún momento deberá considerarse como una asesoría profesional sobre algún caso en concreto y no constituye un estudio especializado en particular. No podemos garantizarle que el contenido de este documento sea vigente o correcto al momento en que usted lo reciba o consulte, o que continuará siendo válido en el futuro. GM no asume responsabilidad alguna en relación a eventuales errores o inexactitudes que este documento pudiera contener, quedando el uso de la información aquí contenida enteramente a discreción de quien la recibe. Prohibida la reproducción total o parcial de este boletín, sin previa autorización. Información preparada para Grupo Méndez, Asesores de Negocios®, S.C. ©Derechos Reservados Grupo Méndez, Asesores de Negocios, S.C. CDMX, 2021